SOFTWARE PARA ARIB – AGENTE DE RECAUDACION DE INGRESOS BRUTOS

SISTEMA DE RETENCION DE INGRESOS BRUTOS Y GANANCIAS

 

 

 

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1.    A.R.I.B (Agentes de Recaudacion de Ingresos Brutos)

 

La transferencia de datos deberá realizarse en forma electrónica a través del sitio en Internet de la Dirección Provincial de Rentas, http://www. rentas.gba.gov.ar. Para ello deberá contarse con la Clave de Identificación Tributaria.

 

Desde el menú de Ventas è Interfase con S.I.Ap è A.R.I.B,

 

Podremos visualizar la siguiente pantalla, en la cual debemos cargar los filtros de fecha como así también las percepciones o las retenciones de los comprobantes a exportar, los comprobantes a exportar son facturas de venta, notas de crédito y notas de debito.

Luego de procesar este informe podremos visualizar un archivo de texto similar al que nos emite el CITI Ventas.

Luego ingresando en la pagina de Rentas podremos cargarlo en dicho sitio.

 

 

Para descargar el padrón de percepciones y retenciones de iibb pcia.bs.as

http://www.arba.gov.ar/Informacion/IBrutos/LinksIIBB/RegimenSujeto.asp

e ir a DESCARGA DEL PADRÓN

En Pcia de BsAs se necesita Clave (que la tiene el agente de recaudación)

 

 

 

 

2.    Retención de ingresos brutos

 

 

IMPORTANTE: La AFIP nos designa como AGENTE DE RETENCION DE IIBB, solo en ese caso debemos proceder a la siguiente configuración.

 

CONFIGURACIONES A REALIZAR DENTRO DE JAZZ

 

 

1.      Desde HERRAMIENTAS è PARAMETROS GENERALES è EMPRESA

Aquí debemos tildar el tilde correspondiente a AGENTE DE RETENCION DE IIBB de CAPITAL O PROVINCIA.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

2.      Una vez que demos de alta la empresa como AGENTE DE RETENCION DE IIBB dentro de Jazz, procederemos a importar el PADRON DE RIESGO FISCAL.

Esto lo realizamos desde HERRAMIENTAS è IMPORTAR PADRON DE RIESGO FISCAL, desde ahí seleccionamos si es de capital o de provincia

(ARBA).

 

 

Seleccionamos el archivo a importar

 

 

 

Una vez seleccionado el archivo, veremos una leyenda que nos indica que el ARCHIVO SE HA IMPORTADO CORRECTAMENTE.

 

 

 

 

IMPORTANTE: debemos tener en cuenta que el proceso de descarga del archivo puede llegar a demorar desde 30 minutos a 1 hora aproximadamente. Tenga en cuenta que la AFIP actualiza este padrón una vez al mes, recuerde que lo deberá actualizar también en Jazz, para tener el padrón actualizado.

 

 

 

3.      Al generar un Pago, veremos como automáticamente me trae el valor de la RETENCION de los IIBB correspondiente al proveedor.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En el caso que no figure en el Padrón de Riesgo Fiscal, podremos ingresar de forma manual el importe de los IIBB, esto lo vamos a ver reflejado en la CONSTANCIA DE IIBB.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.      Podemos también consultar el PADRON  desde HERRAMIENTAS è IMPORTAR PADRON DE RIESGO FISCAL, desde aquí seleccionamos la opción de CONSULTA DE PADRON, donde en esa pantalla ingresamos el CUIT sobre el cual queremos realizar la consulta y automáticamente nos dirá cual es el porcentaje de percepción o de retención en el caso que corresponda cualquiera de ellos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.       También desde ARCHIVO è RETENCION DE IIBB è REIMPRIMIR CONSTANCIA, podemos seleccionar el numero del pago que queremos reimprimir en el caso que no la hayamos impreso cuando generamos el pago.

 

 

 

 

 

 

 

 

3.    Retenciones a las ganancias

 

Esta retención se realiza sobre el mes calendario, es la suma de todos los montos totales de las facturas menos las retenciones ya generadas, sobre esto se realiza el calculo.

 

Desde ARCHIVO è RETENCIONES A LAS GANANCIAS podemos acceder el siguiente menú que vemos a continuación

 

 

 

Desde este menú podemos acceder a la Tabla de Retenciones que vemos a continuación

 

 

 

Desde esta pantalla ingresamos el TIPO DE REGIMEN, si queremos podemos detallar un Concepto para ese régimen, seria como una descripción del régimen.

También si el calculo es un tipo de Porcentaje o Según Escala y cargaremos también el Mínimo no sujeto a Retención (no corresponden realizarle la retención si el importe a retener sea inferior a el monto que cargamos en el Mínimo no sujeto a retención).

Retención Mínima (es el importe mínimo que le vamos a retener).

 

Luego de completar estos datos ya podremos trabajar con las retenciones a las ganancias.

 

Debemos tener en cuenta en el ABM de clientes cargar el código de retención a las ganancias que le corresponde, como vemos a continuación

 

 

 

 

Esto luego lo vamos a ver reflejado en los pagos, como vimos antes es la suma de todos los montos totales de las facturas menos las retenciones ya generadas, sobre esto se realiza el cálculo.

 

 

 

Desde ARCHIVO è RETENCIONES LAS GANANCIAS è REIMPRIMIR CONSTANCIA

 

 

 

 

Desde aquí podremos seleccionar el número de retención a las ganancias que queremos reimprimir

 

 

 

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