Emision de IVA digital (RG 4597)

30. Emisión de IVA Digital (RG 4597)

Consideraciones Preliminares

Las Notas de Crédito y Débito de acuerdo con la RG 4540/19 deben cumplir con:

Las notas de Crédito y/o Débito deben tener los formatos legales vigentes.

Sólo se pueden emitir si hay una factura previa para el sujeto que se le emite. Las mismas pueden ser en concepto de descuentos, bonificaciones, quitas, devoluciones, rescisiones, intereses, etc. Siempre que se encuentren relacionadas a una o más facturas o documentos equivalentes emitidos previamente.

Las notas de crédito y/o débito por devoluciones o ajuste de precio deberán indicar la factura y los artículos afectados. De existir otros documentos afectados a la factura también deben declarase en la Nota de Crédito (Remitos, Orden de Compra, etc.)

Las respectivas notas de crédito y/o débito deberán emitirse dentro de los quince (15)

días corridos desde fecha de la factura.

De tratarse de una micro, pequeña o mediana empresa alcanzada por el Régimen de “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs”, idéntico tratamiento se aplicará cuando deba emitir un comprobante de ajuste.

Con Respecto a otros Impuestos y Percepciones

Solo se podrá tomar las percepciones cuando se anule totalmente una factura, por devolución parcial o por ajuste de precios indicando los artículos afectados, siempre que se realice dentro del mismo mes calendario de la factura.

Las Notas de crédito no aplica realizar percepciones, ni reintegro de otros impuestos.

Sujetos obligados a utilizar el régimen de registración electrónica denominado “Libro de IVA Digital” serán notificados en cronograma de implementación. (Consulte a su Contador o Contadora).

Funcionalidad

Esta función es para la generación de los archivos de IVA Digital sobre documentos de Compras/Ventas/Importaciones, de acuerdo con la Resolución General (RG) 4597/2019 que reemplaza a la RG 3685 correspondiente a CITI Compras – Ventas.

Los archivos que se generan desde esta función, están diseñados para importarse desde el portal de AFIP “Libro de IVA Digital” (http://www.afip.gob.ar/libro-iva-digital/).

Procedimiento:

Ir al menú:

Ventas Interface con S.I.Ap Libro IVA Digital (RG 4597)

→ →

Filtrar por fecha. Recuerde que debe ser por mes calendario.

Fecha de vencimiento de pago: Esta fecha se puede completar manualmente para todo el archivo, o bien podemos definir que se tome la fecha del comprobante o fecha de vencimiento del comprobante como fecha de vencimiento de pago.

Punto de venta: Podemos filtrar por determinado punto de venta o incluir todos.

Podemos incluir solamente los comprobantes electrónicos

Si todo está bien, generara dos archivos: uno con el detalle de los comprobantes y otro con el detalle de las alícuotas de IVA correspondientes a esos comprobantes. Se guardan en la carpeta SIAP que se encuentra ubicada dentro de la carpeta de Jazz.